Trasfondo General.
La siguiente es una guía de información básica sobre los 15
prisioneros políticos puertorriqueños en cárceles federales de Estados Unidos.
I General
- Los prisioneros pollticos puertorriqueños, 10 hombres y 5 mujeres, cumplen
sentencias de hasta 105 años, o sea, el equivalente a una cadena perpetua.
Información detallada en la sección 9.
- Son prisioneros politicos, no comunes, tratados criminalmente bajo cargos que
omiten la naturaleza política de sus actividades. De ser procesados en cortes
internacionales, estos prisioneros serían reconocidos, bajo la ley internacional, como
luchadores políticos que buscan la independencia y soberanía de su país natal.
- Sus sentencias corresponden a cargos individuales que, en términos generales, se
resumen bajo la acusación de ¨conspiración sediciosa para derrocar por la fuerza al
Gobierno de los Estados Unidos de América".
Información detallada en la sección 2.
- Todos han cumplido entre 15 Y 16 años de encarcelamiento. Esto se considera
excesivo y desproporcionado tratándose de prisioneros políticos reconocidos
internacionalmente, considerando que el tiempo promedio servido por delicción
federal (secuestro, robo armado, amenaza al Presidente) es de 5.3 años.
II Condiciones Carcelarias
- Lugar de Encarcelamiento : La decisión de encarcelar a estas prisioneros en
instituciones dispersas entre los 50 estados resulta directamente en lo siguiente:
- violaciones a sus derechos penales y sus derechos hunanos
- distanciamiento de sus familiares y comunidades de vivienda y trabajo
- visitas restringidas o imposibilitadas directa o indirectamente
- separación recíproca e incomunicación entre ellos
- aisiamiento político como recurso de censura y penalización
- Visitas : En términos generales, las visitas son restringidas, imnosibilitadas o
violentadas de alguna de las siguientes maneras:
- traslados frecuentes (2 veces en 1 año, inclusive) a veces sin aviso previo a la
familia o al prisionero como colocación arbitraria
- traslados a estados de acceso incosteable para las familias,
- restricción de visitas a familia inmediata según la defina la admmistración penal
- cancelación de visitas a última hora (luego de la familia haber viajado a la carcel)
- prohibición o restricción de contacto físico (como ei abrazo, el beso, las manos)
- registro físico forzado a los familiares
- registro al desnudo, forzado, antes y después de cada visita, a los prisioneros
- Pases o Permisos de Salida : Como derecho federal al prisionero en Estados
Unidos (28 CFR Sec. 570. 32 (a) (1). ) se otorgan pases de salida para :
- visitar a los familiares en su lecho de muerte
- asistir al funeral de un familiar.
Este derecho ha sido absolutamente denegado a los 15 pnsioneros polítìcos.
- Incomunicación: Sobre el Ilamado aislamiento disciplinario que los prisioneros
sufren, a pesar de las negaciones al efecto por los oficiales de prisiones, con respecto a
la visita familiar, esta la vida comunitaria.
A los firnes de quebrantar o desalentar el espíritu de los prisioneros, se les ha impuesto
un aislamiento comunitario mediante alguno o todos los siguientes:
- correspondencia restringida a la "familia inmediata¨ scgún la efina la prisión
- limitación de Ilamadas telefónicas a las personas previamente aprobadas por las
autoridades de ia prisión y que, además, no pueden haccr con cargos revertidos y
limitadas a una duración máxima de 15 minutos.
- obstáculos administrativos para poder Ilamar a Puerto Rico en varias de las
instituciones penales.
- censura de cualquier lectura o publicación considerada como política
- Separación recíproca: Mientras otros gobiernos, como Inglaterra, colocan en
una misma unidad o prisión a todos sus prisioneros políticos, los prisioneros
puertorriqueños en Estados Unidos tienen:
- toda comunicación entre ellos absolutamente prohibida, ya sea por carta o
teléfono, a menos que se pruebe halla relación familiar o que esten en la misma prisión.
- segregación interestatal que los asigna a una cárcel distanciada de sus comunidades,
desde Alabama en el sureste, a Oklahoma en el suroeste, y desde California en el oeste,
a Pennsylvania en el este.
- Agresión Fisica, Psicológica y Abuso Sexual: Como técnicas de modificación
de conducta o penalidad especial aplicadas al margen de la ley federal se han
informado múltiples casos de los siguientes abusos y agresiones a los prisioneros
políticos:
- registros fisicos forzados mediante ei tacto (masculino, en casos de mujeres)
- registros de rutina al desnudo
- cámaras de video ubicadas para vigilancia al bañarse y al hacer sus necesidades
fisiológicas
- golpizas (culminando en daño físico permanente)
- humillación en ejercicios de obediencia contrarios a sus principios
- esposas en las muñecas y tobillos en el hospital al tiempo de operarse y durante el
período post operatorio en sala de cuidado intensivo.
- deprivación sensorial (por ejempio: luces encendidas 23 horas al dia)
- Negación de Tratamiento Médico: Aún cuando la ley federal provee para que el
servicio médico a un prisionero sea comparable con el cuidado médico disponible en la
comunidad, los prisioneros políticos puertorriqueños han vivio casos de:
- negligencia (durante 5 años en una ocasión) mediante negación a atender
condiciones de deterioro físico progresivo y síntomas agravados
- intervención quirúrgica sin consentimiento
- descontmuación de tratamiento
- Asignación a Facilidades de Máxima Seguridad: Por primera vez en la historia
moderna de Estados Unidos se construyó una Unidad de Máximo Control para
mujeres. inaugurada en 1986, para tres prisioneras políticas mujeres. Una de ellas
puertomqueña.
Ofrecemos la siguiente declaración de
;a href¡http://www.amnesty.org/¨:
Amnistía Internacional a modo de descripción
de las condiciones en dicha unidad:
Las condiciones y el régimen son deliberada y gratuitamente opresivos.
El uso constante y sin justificación de cadenas de seguridad, os repetidos
registros al desnudo, la ausencia casi total de privacidad, la ausencia
claustrofóboca de estímulos sensoriales, la restricción a la libertad de
movimiento y al uso de sus pertenencias, la ausencia de libertad para escoger
sus actividades y el limitado margen de contactos no pueden ser
otra cosa que quebrantadores....
No hay necesidad de tener a estas prisioneras en esta Unidad (HSU)...
Hay evidencia más que suficiente que las prisioneras en la Unidad de
Control se han deteriorado física y sicológicamente durante su
reclusión en la misma...
La unidad debe ser cerrada de inmediato.
La Unidad fue cerrada al cabo de dos años de reclusión bajo estas condiciones.
Inform~ci0n detallada: sección 10 "Biografías", Alejandnna Torres.
III 1996: Petición de Amnistía al Presidente Clinton
Transcurridos 16 años de abordamiento legal y apoyo comunitario a los prisioneros,
el Presidente William Clinton tiene en sus manos la oportunidad de tomar la decisión
de Amnistía y excarcelar a estos 15 puertomqueños.
El Presidente cuenta con razones de peso para una determinación favorable.
Estas son aigunas, a saber:
- Como pnsioneros politicos, estos 15 puertomque8os no aibergan esperanza de
libertad condicional. Sólo el Poder Ejecutivo tiene potestad para excarcelarlos.
- La tradición militar de Estados Unidos, país en el cual el título del Presidente
corresponde a] de Primer Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, entiende y
practica el uso de la lucha armada como mecanismo de liberación e intervención
democrática en circunstancias de poder absoluto o dominación de un país por otro.
Estando el estatus político de Puerto Rico sin resolver de manera clara durante 98
años los prisioneioslos prisioneros políticos puertorriqueños, aunue a escala menor, no
comparable, ejercieron idéntico principio de lucha libertaria.
- La tradición de otorgación de perdón presidencial muestra que el mismo se ha
utilizado en Estados Unidos en un esfuerzo por conseguir una reconciliación nacional
i.e., la Guerra Civil, La Guerra de Vietnam, la oposición al servicio militar obligatorio.
La liberación de los prisioneros políticos puertomqueños sería una contribución
importante al proceso de reconciliación entre Puerto Rico y Estados Unidos por
motivo de las relaciones políticas entre ambas naciones.
- La Administración de Clinton ha sido consecuente en su política exterior sobre
asuntos de derechos humanos y gestiones pacifistas internacionaies. Fue iniciativa del
propio Presidente recibir, en la sede de gobierno, a Yasser Arafat y propiciar un
momento histórico del mundo. Su apoyo a la lucha contra el Apartheid en Sur Africa,
su participación reconciliadora en Bosnia, Haití e Irianda del Norte evidencian un
cornpromiso genuíno con la paz, la libertad y la autodeterminación de los pueblos.
El actual Presidente de Sur Africa, Nelson Mandela, cumplió 27 años de prisión bajo
acusación de "conspiración sediciosa para derrocar al gobierno por la fuerza" en una
situación análoga a la de estos 15 prisioneros puertorriqueños. Hoy por hoy, el
Presidente Mandela es respetado en Washington, con toda dignidad.
- El Presidente Clinton ha recibido innumerables manifestaciones de apoyo
internacional, a manera de cartas, peticiones y Ilamadas, para la excarcelación de estos
15 prisioneros puertorriqueños. A continuación, detallaremos algunos.
IV Apoyo Nacional e Internacional
- En Carta Abierta al Presidente Clinton, y en solicitud de perdón presidencial
representantes de los tres partidos politicos de Puerto Rico unieron sus firmas en un
documento histórico:
Zaida Cucusa Hernández, Rafael Hernández Colón, David Nonega, Héctor Luis
Acevedo, Roberto Sanchez Vilella, Rubén Berríos, Miguel Hernández Agosto y
Roberto Raxach Benitez.
- El Presidente Clinton ha recibido expresiones de petición por la excarcelación de
los prisioneros de los siguientes Premio Nobel de la Paz:
- Reverendo Desmond Tutu ( Premio 1984 ) y Adolfo Pérez-Esquivel ( Premio 1974 ).
- La viuda del Rev. Martin Luther King Jr., Coretta Scott King, se unió al reclamo
por la excarcelación de ios 15 prioneros políticos puertorriqueños.
- Los tres Congresistas puertorriqueños en Estados Unidos, Luis V. Gutiérrez,
Nydia Velázquez y José Serrano, son portavoces de esta causa en Washington.
- El Colegio de Abogados y 9 de sus pasados presidentes, la Federación del Trabajo
de Puerto Rico (AFL-CIO) y su Comité Ejecutivo, así como la Asociación de
Industnales de Puerto Rico, participaron con sus firmas en la Carta Abierta al
Presidente Clinton.
- Numerosas organizaciones religiosas, cívicas y cuiturales en Puerto Rico y en
Estados Unidos, incluyendo el Consejo de la Ciudad de Nueva York, han
comprometido esfuerzos y recursos en apoyo a la excarcelación de los 15 prisioneros
en este año de 1996.